Con complacencia y firme acatamiento, el presidente de la Federación Colombiana de Patinaje, Alberto Herrera Ayala, recibió el fallo definitivo del proceso que buscaba modificar una serie de decisiones emanadas como parte de las competencias en los pasados Juegos Nacionales cumplidos en 2023 en el Eje Cafetero.
Según el fallo inicial de la jueza cuarta del circuito de Cali, proferido con fecha del 16 de septiembre del 2024, no solo levanta la medida de desataco emanada hace una semana y solicitada por el Tribunal Superior de Cali, sino, ordenando su archivo definitivo, para beneplácito de la entidad rectora del patinaje colombiano.
La medida interpuesta pretendía dejar sin efecto los resultados de la prueba 15.000m eliminación circuito de dichos Juegos, y ordenaba a la Fedepatín entregar al accionante una serie de notificaciones que aclararan las disposiciones tomadas por el Tribunal Disciplinario del certamen, el cual eliminó a dicho deportista por faltas cometidas y le descalificó de la misma.
Una vez entregados todos los requerimientos solicitados por la señora jueza, su despacho determinó que “De la trazabilidad de las actuaciones realizadas en su conjunto por la FEDERACION NACIONAL DE PATINAJE, a fin de darle cabal cumplimiento al fallo de tutela emitida en segunda instancia por el Tribunal Superior de Cali, se establece que se le dio cumplimiento a la misma, lo que conlleva a que se torne improcedente la sanción solicitada por el accionante”, reza el fallo.
Además, y como situación clave que da finiquito a la querella, indicó además que “No está de más indicarle al accionante, que de ninguna manera el Tribunal Superior de Cali ordenó que se resolviera la inconformidad en uno u otro sentido, sino, que se respetara el debido proceso del accionante en el marco de la competencia, lo cual para esta instancia se encuentra cumplido por la accionada. En todo caso, si el actor presenta inconformidad con los fundamentos de la decisión tomada por el Tribunal deportivo, no es este el escenario para discutir tal situación, pues ninguna relación guarda con la orden de protección de derechos constitucionales que aquí se profirió”, argumentó la togada en su documento.
Con base en estos fundamentes y teniendo en cuenta las explicaciones y la documentación entregada por los apoderados del representante legal de la Fedepatín, el juzgado ordenó ABSTENERSE de continuar el trámite de solicitud de sanción por desacato presentada por el accionante, por las razones expuestas en la parte motiva del auto 1019. Así mismo indicó la notificación de la decisión a las partes y conminó su archivo definitivo del caso por improcedente.
El presidente de la Fedepatín Alberto Herrera Ayala, se mostró en la misma línea de la decisión. “Si algo tenemos en nuestra Federación, es respeto por las autoridades, sus autoridades y sus decisiones; somos celosos del estricto cumplimiento del debido proceso y procuramos que todas nuestras decisiones estén apegadas a las normas, leyes y reglamentos; por eso teníamos la plena confianza que esta Acción de Tutela era improcedente porque en ningún momento se violaron derechos fundamentales y, por el contrario, nos apegamos a las normas que rigen nuestro deporte y la Carta Magna de Juegos Nacionales”, dijo el directivo.
Finalmente, dijo que las puertas de la discusión y el discernimiento, siempre estarán abiertas, todo dentro del respeto por las instituciones, pero, fundamentalmente, de las personas. “En la Fedepatín somos apegados a las normas; no somos oídos sordos a los requerimientos o las diferencias, pero si defendemos con las herramientas legales y normativas necesarias, la estabilidad de una institución que es ejemplo de organización y de empresa deportiva en nuestro país y el mundo entero”, concluyó.